La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) ha instado a empresas e inmuebles a cumplir con las disposiciones de la nueva Ley de Publicidad Exterior, al advertir que, aquellos que no cumplan enfrentarán sanciones que pueden incluir cargos penales, administrativos y económicos.
De acuerdo con el titular de la dependencia, Carlos Ulloa, el objetivo de la nueva normativa, cuyo periodo de gracia finaliza el próximo 6 de junio, es garantizar la seguridad de la ciudadanía, así como el disfrute del espacio público.
“Fue hace un año cuando las reformas tuvieron luz verde, porque lo que las integrantes del ramo han tenido 365 días para regularizarse. Así, quienes no se encuentren en regla recibirán hasta seis años de prisión, sin olvidar que se harán acreedores a una considerable multa. Nuestra prioridad es garantizar la seguridad de la ciudadanía, así como el disfrute del espacio público”, precisó.
Tal como se lee en el capítulo cuarto de la citada Ley, se impondrán de tres a seis años de prisión, además de una multa de 500 a 15 mil veces la Unidad de Medida y actualización vigente, a quienes recurran a anuncios en azoteas, instalados o pintados en cerros, bordes de ríos, bosques; a aquellos autosoportados fuera del marco legal; envolventes; pintados o adheridos a fachadas que no sean denominativo; además de aquellos que se proyectan sobre plásticos, lonas o fachadas, los que atenten contra la dignidad de las personas; además de los que aparezcan en zonas de conservación ecológica.
“Las sanciones no sólo serán para las compañías del sector, pues aquellos que permitan colocaciones fuera de la Ley en sus inmuebles también podrán recibir de tres a seis años de sanción y serán penalizados con una multa de entre seis mil y 15 mil veces la Unidad de Medida, al igual que quienes posean administren, usen o disfruten de una grúa para estos fines”, explicó Ulloa Pérez.
Asimismo, el funcionario indicó que los servidores públicos que emitan autorizaciones o permisos en contravención a la norma serán sancionados con responsabilidades administrativas, civiles o penales.
“Como es sabido, el Reglamento recién publicado dicta la existencia de un Registro de Publicistas y Catálogo de Medios Publicitarios, por lo que quienes incumplan con las características de sus permisos deberán cubrir de 12 mil a 15 mil veces la Unidad de Medida; aunado a que quienes incurran por segunda ocasión en esta falta, no sólo deberán cubrir una multa por doble del monto previo, pues también deberán retirar el medio publicitario y asumir el costo correspondiente”, comentó Ulloa Pérez.
Finalmente, el titular de Seduvi precisó que las penalizaciones serán también de 12 mil a 15 mil veces la Unidad de Medida para cualquiera que intervenga en la comercialización y retiro de anuncios sin contar con el respectivo permiso administrativo temporal revocable, además que se les arrestará de 24 a 36 horas.
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AM