El pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo la declaratoria de constitucionalidad de la Ley 3 de 3 que prohíbe a los agresores de mujeres ser postulados a cargos de elección popular.
El presidente de la Comisión Permanente, el senador de Morena, Alejandro Armenta, hizo la declaratoria de constitucionalidad, conforme lo establece el artículo 135 de la Constitución Política.
“La Comisión Permanente del Congreso de la Unión declara aprobado el decreto que reforma a los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Se remite al Diario Oficial de la Federación para su publicación. ¡Qué vivan las mujeres de México!”.
El senador de grupo plural, German Martínez dijo que se trata de una victoria para las mujeres y para toda la sociedad.
Esta reforma propone que los derechos de los ciudadanos se suspendan por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales y el normal desarrollo psicosexual.
También, establece que la persona que cometa estos ilícitos no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Refiere, también que para que una persona pueda ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos, tener cuando menos 35 años cumplidos al día de la designación.
El decreto se envió al Diario Oficial de la Federación para su publicación.