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Morelos aprueba 'Ley Monse' para sancionar a quien encubra feminicidas

El Congreso de Morelos aprobó la Ley Monse con la que se sancionará hasta con 40 años de cárcel a quienes por acción u omisión incurran en encubrimiento de presuntos feminicidas.

El dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación adiciona un segundo párrafo al artículo 312 del Código Penal de Morelos, que corresponde al capítulo IX encubrimiento por favorecimiento.

Lo anterior refiere que el juez podrá imponer hasta las dos terceras partes de las que corresponden al autor del delito para los casos de encubrimiento.

Las sanciones serán para personas, sin importar parentesco, que destruyan o modifiquen la escena de un crimen, ocultando efectos, objetos o instrumentos del delito o a los agresores, en casos de feminicidios.

El segundo párrafo adicionado al artículo 312 señala “Cuando el encubrimiento sea para favorecer conductas o hechos calificados por la ley como delito de feminicidio conforme a la penalidad que señala el 213 Quintus de este Código, se impondrán de veintiséis años ocho meses, a cuarenta años de prisión”.

Al respecto, la diputada Tania Valentina Rodríguez, destacó que Morelos se convirtió en la primera entidad en aprobar la Ley Monse que surgió en memoria de la joven veracruzana de 20 años Montserrat Bendimes Roldán, atacada por su pareja, y se creó para castigar y fincar responsabilidades a los familiares que ayuden a escapar a los agresores.

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